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Cuota Cero para autónomos en Canarias: en qué consiste y cómo solicitarla
La Cuota Cero para autónomos en Canarias es una subvención autonómica que reembolsa las cuotas reducidas o bonificadas pagadas a la Seguridad Social por nuevos autónomos y supuestos protegidos. En 2026 se solicita por sede electrónica entre el 9/03 y el 15/10, con crédito limitado y pago tras justificar el periodo.
Qué es y a quién va dirigida
La Cuota Cero es el programa del Gobierno de Canarias, gestionado por la Dirección General de Autónomos, que complementa las bonificaciones estatales del trabajo autónomo. No sustituye a la tarifa plana estatal ni descuenta la cuota antes de pagarla: funciona como subvención posterior de las cuotas reducidas o bonificadas que la persona autónoma ya haya abonado a la Tesorería General de la Seguridad Social. Está pensada para consolidar altas en Canarias y también cubre supuestos protegidos previstos en la Ley 20/2007.
Requisitos
Pueden optar las personas autónomas que hayan disfrutado de las reducciones o bonificaciones estatales de los artículos 38 bis, 38 ter o 38 quater del Estatuto del Trabajo Autónomo. Deben estar de alta en RETA o en el grupo primero del Régimen Especial del Mar al solicitar, realizar la actividad y tener domicilio fiscal en Canarias durante el periodo subvencionable. La sede excluye, entre otros casos, a quienes no hayan estado acogidos a esos incentivos o soliciten como autónomos colaboradores familiares.
Cuantía
La ayuda no tiene una cantidad fija universal: subvenciona las cuotas reducidas o bonificadas efectivamente abonadas a la Seguridad Social, según el supuesto aplicable y el periodo justificado. La convocatoria 2026 cuenta con un crédito limitado y se concede en régimen de concurrencia no competitiva, por orden de expedientes completos o subsanados, hasta agotar fondos. El abono se realiza en un solo pago previa justificación y con los límites de ayudas de minimis que correspondan.
Plazos y convocatoria
La convocatoria 2026 está abierta desde el 9 de marzo de 2026 y finaliza el 15 de octubre de 2026, salvo agotamiento del crédito disponible. Como regla general, la solicitud debe presentarse dentro de los dos meses siguientes a la finalización de cada periodo de doce meses de disfrute de la reducción o bonificación. Si el periodo terminó antes de abrirse la convocatoria, la propia resolución prevé reglas específicas, siempre subordinadas al límite final del 15 de octubre.
Cómo solicitarla
La solicitud se presenta obligatoriamente por internet en la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias, trámite 10429, con certificado digital, Cl@ve o sistema admitido. No se admiten solicitudes fuera de ese procedimiento. La documentación clave incluye informe de bases y cuotas ingresadas a la Seguridad Social, justificantes si faltan meses en el informe, acreditación de representación cuando proceda y documentación específica para autónomos societarios. Conviene comprobar antes el alta de terceros en SEFLogiC para poder cobrar.
Transparencia
Fuentes oficiales
- Dirección General de Autónomos / Gobierno de Canarias — Subvenciones de cuota cero dirigidas a personas trabajadoras autónomas, convocatoria 2026 (2026-06-06) · ver
- BOC / Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos — Orden de 18 de marzo de 2024 reguladora de las subvenciones de cuota cero (y modificaciones posteriores) (2026-03-06) · ver
- Sede electrónica del Gobierno de Canarias — Trámite 10808, Subvenciones de cuota cero dirigidas a las personas trabajadoras autónomas (2026-06-06) · ver
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Información orientativa elaborada a partir de fuentes oficiales. No es asesoramiento jurídico ni administrativo. Verifica siempre los requisitos, cuantías y plazos en la convocatoria vigente del organismo competente antes de solicitar.
