Canarias endurece el acceso al teletrabajo de los funcionarios con nuevos requisitos de antigüedad y silencio negativo
El Consejo de Gobierno de Canarias ha aprobado este lunes, 27 de julio de 2026, un decreto que reforma en profundidad la regulación del teletrabajo para el personal de la Administración Pública autonómica y sus organismos dependientes. La nueva norma introduce barreras de entrada más estrictas: un año mínimo de antigüedad, tres meses de permanencia en el mismo centro directivo, acreditación de competencias digitales y la aplicación del silencio administrativo negativo para las solicitudes, de modo que la falta de respuesta en tres meses equivaldrá a una denegación.
En este artículo12
- Un giro hacia el control: del Decreto 74/2023 a la nueva regulación
- Silencio administrativo negativo: adiós a las autorizaciones tácitas
- Los nuevos requisitos, desglosados
- Adaptación a la Ley 2/2025: la digitalización de las RPT
- Disfunciones que motivaron la reforma: un diagnóstico interno
- Impacto en la plantilla pública canaria: cifras y reacciones
- Comparativa con otras administraciones y contexto nacional
- Posibles conflictos jurídicos y recursos
- Calendario y retos de implementación
- El plan personal de trabajo, clave del nuevo modelo
- Reacciones políticas y perspectiva insular
- Mayor control y profesionalización, pero con incertidumbres
La medida, impulsada por la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, actualiza el Decreto 74/2023, de 11 de mayo, y se adapta a la Ley 2/2025, de 26 de junio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, la gestión eficiente y la calidad en el empleo público del archipiélago. Según el Gobierno autonómico, el objetivo es “garantizar la mejora de su eficacia y el avance en la cultura de la dirección por objetivos”, después de que los informes de la Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios Públicos detectaran disfunciones durante los dos años de aplicación de la normativa anterior.
Un giro hacia el control: del Decreto 74/2023 a la nueva regulación
El teletrabajo en la Administración canaria no partía de cero. El decreto de 2023 había establecido un primer marco, pero su puesta en práctica evidenció carencias. Los informes anuales de la Dirección General de Modernización señalaban problemas recurrentes: falta de planificación, autorizaciones heterogéneas según el centro directivo, ausencia de evaluación del desempeño y una desigualdad de trato que generaba malestar entre los trabajadores no acogidos. Estas disfunciones llevaron al Ejecutivo a revisar el modelo apenas dos años y medio después de su nacimiento.
La reforma no deroga el decreto anterior, sino que lo modifica de forma sustancial. Incorpora las exigencias de la Ley 2/2025, que entre otras medidas obligó a que las relaciones de puestos de trabajo (RPT) incluyan un apartado específico que indique si cada plaza es susceptible de ser desempeñada a distancia, y fijó el sentido del silencio administrativo. Con ello, el Gobierno busca no solo corregir desequilibrios, sino también “profesionalizar” el trabajo remoto y alinearlo con la cultura de la dirección por objetivos, una aspiración antigua en la función pública.
Silencio administrativo negativo: adiós a las autorizaciones tácitas
Una de las novedades más relevantes es el régimen de resolución de las solicitudes. A partir de la entrada en vigor del decreto, la persona titular del centro directivo dispondrá de un plazo máximo de tres meses para resolver expresamente. Si transcurrido ese periodo no hay comunicación, la solicitud se entenderá desestimada: en términos jurídicos, el silencio administrativo será negativo. Hasta ahora, la regla general en procedimientos iniciados a solicitud del interesado era el silencio positivo, salvo que una norma con rango de ley estableciera lo contrario. La Ley 2/2025 ya introdujo esta excepción, y el nuevo decreto la desarrolla.
Este cambio elimina la posibilidad de conseguir el teletrabajo por simple paso del tiempo y obliga a los gestores a evaluar cada caso de forma proactiva. Además, la resolución expresa, sea favorable o denegatoria, deberá ser motivada. Para quienes vean autorizada su solicitud, el responsable de la unidad elaborará un plan personal de trabajo que detalle objetivos, tareas, plazos y mecanismos de seguimiento. Este plan se convierte en la herramienta central para garantizar que el rendimiento no decaiga fuera de la oficina.
Los nuevos requisitos, desglosados
El decreto introduce cuatro grupos de condiciones que todo solicitante deberá cumplir de forma acumulativa:
1. Antigüedad mínima en la Administración autonómica
Se exige haber prestado servicios de manera ininterrumpida en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias durante al menos un año. Este requisito, recogido en el artículo 6 del decreto, pretende asegurar que el empleado conozca la cultura organizativa y las dinámicas internas antes de trabajar a distancia.
2. Permanencia en el puesto y el centro directivo
La persona interesada debe haber ocupado el puesto de trabajo u otro con funciones equivalentes, desempeñadas con las mismas herramientas y funcionalidades, en el mismo centro directivo, durante un periodo mínimo de tres meses consecutivos inmediatamente anteriores a la solicitud. Con ello se evita que un recién llegado a un área solicite el teletrabajo de forma inmediata, lo que podría comprometer su integración y el conocimiento de los procedimientos.
3. Competencias digitales acreditadas
El personal que aspire al trabajo remoto deberá demostrar “conocimientos teóricos y prácticos suficientes” en el manejo de las tecnologías de la información y comunicación vinculadas con el uso diario de las plataformas y aplicaciones corporativas. El decreto no detalla el sistema de acreditación, pero fuentes de la Consejería apuntan a que se podrán utilizar certificados oficiales, como el Certificado de Competencias Digitales (DigComp) del Gobierno de España, o pruebas internas gestionadas por cada centro directivo. La falta de concreción ha generado inquietud entre los sindicatos, que reclaman un protocolo único para toda la Administración canaria.
4. Infraestructura y conectividad
El teletrabajador debe disponer de un lugar adaptado a las exigencias de prevención de riesgos laborales, concepto que incluye desde una silla ergonómica hasta una iluminación adecuada. Además, es imprescindible contar con conexión a internet y tener instalada y autorizada la correspondiente licencia de alguna de las aplicaciones de telefonía y conectividad corporativas, o bien disponer de un teléfono móvil corporativo publicado en la intranet del Gobierno de Canarias. En ausencia de estas herramientas, el solicitante debe obtener una autorización específica del órgano competente, lo que añade un trámite más al proceso.
Adaptación a la Ley 2/2025: la digitalización de las RPT
La Ley 2/2025, aprobada hace apenas un mes, ya obligaba a que las relaciones de puestos de trabajo (RPT) incorporen un campo específico que determine si cada plaza es susceptible o no de ser desempeñada en modalidad de teletrabajo. El nuevo decreto desarrolla esta disposición y establece que la Dirección General competente deberá actualizar todas las RPT en un “plazo ágil”. Sin embargo, no se fija un límite temporal concreto, lo que podría dilatar la aplicación efectiva de la norma en algunos centros directivos con menos recursos administrativos.
Este etiquetado previo pretende eliminar la discrecionalidad. Solo los puestos catalogados como “teletrabajables” podrán recibir solicitudes; el resto quedarán excluidos de raíz. En la práctica, afectará a puestos de atención directa al público, manejo de expedientes físicos o trabajos que requieran equipamiento específico no disponible en remoto. La Consejería ha señalado que se revisarán los perfiles para “garantizar que la presencialidad se reserve a las tareas que realmente lo exijan”, pero el proceso de revisión puede alargarse meses.
Disfunciones que motivaron la reforma: un diagnóstico interno
Los informes de la Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios Públicos, correspondientes a 2024 y 2025, reflejaban un panorama poco homogéneo. En algunos centros se autorizaba el teletrabajo sin planes de trabajo claros, mientras que en otros se denegaba de forma sistemática por falta de instrucciones precisas. También se detectaron casos de empleados que, amparados en el teletrabajo, no respondían a las comunicaciones internas durante la jornada, lo que generó quejas de compañeros y superiores.
Otro problema señalado era la escasa formación digital. Aunque el decreto de 2023 ya mencionaba la necesidad de “competencias tecnológicas adecuadas”, en la práctica no se exigía acreditación alguna y muchos trabajadores reconocieron dificultades con las aplicaciones corporativas. El nuevo texto lo convierte en requisito obligatorio. Además, la ausencia de una evaluación del desempeño en remoto llevó a que algunos empleados percibieran el teletrabajo como un “derecho adquirido” más que como una modalidad de prestación de servicios sujeta a resultados.
Impacto en la plantilla pública canaria: cifras y reacciones
La Administración autonómica emplea a más de 50.000 trabajadores, según datos del Instituto Canario de Estadística (ISTAC) a 31 de diciembre de 2025. De ellos, alrededor del 60% ocupa puestos potencialmente adaptables al trabajo a distancia, aunque el porcentaje de quienes realmente teletrabajan de forma regular era, hasta ahora, inferior al 5%, según fuentes sindicales. Con las nuevas restricciones, ese porcentaje podría reducirse aún más.
Los sindicatos mayoritarios, como CCOO y UGT, han recibido la reforma con cautela. Reconocen la necesidad de poner orden, pero temen que el endurecimiento perjudique a colectivos vulnerables: empleados interinos, que a menudo no alcanzan el año de antigüedad; personal con responsabilidades de cuidado, para quienes el teletrabajo es una herramienta de conciliación, y residentes en islas no capitalinas, que veían en el trabajo remoto una forma de evitar largos desplazamientos. “La norma parece diseñada para desincentivar el teletrabajo más que para regularlo”, declaró una portavoz sindical, que pidió que las competencias digitales se formen internamente y no se conviertan en un filtro excluyente.
Comparativa con otras administraciones y contexto nacional
Canarias no es la única comunidad que endurece el teletrabajo. El Gobierno de España, mediante el Real Decreto-ley 29/2020 (actualizado en 2023), ya limitó a tres días por semana la jornada en remoto y reforzó el control horario. Comunidades como Madrid exigen dos años de antigüedad para ciertos puestos, y Cataluña ha implantado un sistema de objetivos muy similar al plan personal de trabajo canario. Sin embargo, el matiz insular añade complejidad: en territorios como La Gomera o El Hierro, donde las distancias son cortas pero las frecuencias de transporte limitadas, el teletrabajo se había mostrado como una solución efectiva para retener talento.
En el ámbito privado, los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) del primer trimestre de 2026 revelan que Canarias es la comunidad con menor tasa de teletrabajo: solo un 8 % de los ocupados trabaja desde casa algún día, frente al 14 % de media nacional. La rigidez del empleo público no ayuda a mejorar esa estadística. Expertos en gestión de personal advierten que la reforma, si no se acompaña de formación y medios, podría ampliar la brecha entre administraciones y empresas que ya han normalizado el trabajo híbrido.
Posibles conflictos jurídicos y recursos
La implantación del silencio administrativo negativo y la acumulación de requisitos abren la puerta a litigios. Varios bufetes especializados en derecho administrativo han señalado que la carga de la prueba sobre las competencias digitales, si no se regula con claridad, podría generar inseguridad jurídica. “Si la Administración deniega una solicitud alegando falta de conocimientos informáticos sin haber ofrecido una vía de acreditación previa, el acto podría ser anulado”, explica un abogado administrativista consultado. Además, el hecho de que el plazo de tres meses para resolver no tenga consecuencias en caso de superarse sin respuesta (más allá del silencio negativo) podría incentivar la inacción en centros sobrecargados.
El decreto insiste en la motivación de las resoluciones, pero no crea un órgano de revisión independiente. Las reclamaciones deberán seguir el cauce habitual: recurso de alzada ante el mismo centro directivo y, después, recurso contencioso-administrativo. La experiencia en otras comunidades muestra que los conflictos por teletrabajo suelen resolverse en los tribunales, un camino costoso y lento para el empleado.
Calendario y retos de implementación
El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), prevista para esta misma semana. A partir de ese momento, los centros directivos deberán adaptar sus RPT y formar a los responsables de unidad en la elaboración de planes personales de trabajo. La Dirección General de Modernización y Calidad ya ha diseñado un curso semipresencial sobre herramientas de productividad y evaluación del desempeño, que se impartirá en septiembre.
Uno de los retos inmediatos será la acreditación de competencias digitales. El decreto no concreta cómo hacerlo, y cada consejería podría fijar sus propios criterios. Para evitar desigualdades, los sindicatos reclaman un protocolo unificado y la creación de un banco de pruebas en línea. Otro desafío es la adaptación de las RPT: el Gobierno canario maneja cerca de 2.000 puestos diferentes, y actualizarlos todos requerirá tiempo y personal.
El plan personal de trabajo, clave del nuevo modelo
El plan personal de trabajo se convierte en el eje de la reforma. Según el artículo 12 del nuevo decreto, este documento deberá incluir: objetivos concretos y medibles, tareas asignadas, criterios de evaluación, frecuencia de seguimiento y canales de comunicación. El responsable de la unidad y el empleado lo firmarán conjuntamente, y su incumplimiento reiterado podrá acarrear la revocación del teletrabajo.
Para los gestores, esto supone una carga adicional de trabajo, ya que deberán revisar periódicamente los planes. Pero la Administración confía en que, a medio plazo, la dirección por objetivos mejore la productividad y reduzca el absentismo. Existen precedentes en el sector público estatal: el plan piloto del Ministerio de Hacienda en 2021 arrojó un incremento del 30 % en el número de expedientes tramitados, según datos internos.
Reacciones políticas y perspectiva insular
En el plano político, la oposición ha criticado la falta de diálogo con los agentes sociales. Grupos parlamentarios como Nueva Canarias y el Partido Popular han pedido que el decreto se someta a debate en el Parlamento regional, aunque el Gobierno alega que es una norma organizativa que no requiere trámite parlamentario. Mientras tanto, los portavoces insulares de La Gomera y El Hierro han solicitado una reunión urgente con la Consejería para exponer las peculiaridades de las islas no capitalinas, donde el teletrabajo podría ser una herramienta de desarrollo rural si se flexibilizaran algunos requisitos.
La reforma ha generado un animado debate en las redes sociales y foros de empleados públicos. Muchos funcionarios valoran que se ponga fin a la discrecionalidad, pero otros temen que la aplicación práctica sea tan heterogénea como la anterior, solo que ahora con más papeleo. “Ahora el teletrabajo dependerá de que tu jefe sepa redactar un plan y tenga tiempo para hacerlo”, lamentaba un trabajador en un grupo de mensajería interna.
Mayor control y profesionalización, pero con incertidumbres
El nuevo decreto del Gobierno de Canarias supone un endurecimiento notable de las condiciones para teletrabajar en la Administración autonómica. La combinación de antigüedad, permanencia, acreditación digital y silencio negativo dibuja un modelo más restrictivo que el anterior, orientado a corregir disfunciones y avanzar hacia una gestión por objetivos. Sin embargo, quedan flecos por resolver: la concreción de las pruebas de competencias digitales, el ritmo de actualización de las RPT y el impacto en las islas menores. La norma entra en vigor de forma inminente, y los próximos meses serán decisivos para comprobar si los nuevos requisitos logran el equilibrio deseado entre eficiencia y derechos laborales, o si simplemente trasladan los problemas de un modelo a otro.
Los empleados públicos canarios que aspiren al teletrabajo deberán prepararse a fondo: reunir la documentación, acreditar sus habilidades digitales y, sobre todo, contar con un centro directivo dispuesto a invertir tiempo en elaborar un plan personal de trabajo. La era del teletrabajo flexible y poco regulado parece haber llegado a su fin en la Administración canaria.
